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sábado, 17 de junio de 2017

[VOCALES DE MESA] REVISA LA NÓMINA DEFINITIVA PARA LAS PRIMARIAS 2017 COMUNA DE CUREPTO

El SERVEL dio a conocer hoy sabado 17, la nómina definitiva de los 60 vocales de mesa para las elecciones primarias del próximo 2 de julio, de las circunscripciones de Curepto, Gualleco y Huaquen de la comuna de Curepto. 

Dentro del plazo legal se excusaron y fueron reemplazadas 5 personas de la circunscripción de Curepto y 2 personas de la circunscripción de Huaquen, quedando por tanto como definitiva la designación anterior salvo las excepciones ya mencionadas.


¿Quiénes pueden ser llamados como vocales?


El sorteo de vocales se realizará a partir de la nómina de 13.531.553 electores habilitados para votar en estas elecciones primarias. Este listado incluye a los militantes de los partidos de Chile Vamos y Revolución Democrática (Frente Amplio) y los independientes. Como la Nueva Mayoría no tendrá primarias, quienes militen en sus partidos no podrán ser convocados.

¿Es obligatorio ser vocal de mesa si es que apareces en una nómina?


Quienes sean seleccionados deberán cumplir su labor cívica independiente de si decidan votar o no. Las personas que cumplan la labor, recibirán un bono equivalente a 2/3 de UF, es decir, unos $17 mil. Los vocales nuevos que tengan que asistir a capacitación tienen una asignación adicional cercana a los $5 mil.


¿Me puedo excusar?


En esta etapa ya no es posible presentar excusas. Sin embargo, si alguna persona incurriere en alguna de estas causales de excusa consideradas en la primera etapa (estar a más de 300 kilómetros del lugar de votación, tener más de 70 años, tener turno en establecimiento hospitalario, o estar embarazada o en periodo de amamantamiento) deberá reunir antecedentes que permitan acreditar su situación una vez que sea citado al Juzgado de Policía Local si es denunciado por la junta.

¿Qué ocurre si no concurro a ser vocal de mesa?



 Las personas designadas como vocales o miembros de Colegios Escrutadores, que no concurran a desempeñar sus funciones, incurren en una infracción electoral, que es sancionada con una multa a beneficio municipal que va de 2 a 8 U.T.M., es decir, aproximadamente entre $ 93.480.- y $ 373.920.- (artículo 138 de la Ley Nº 18.700).Todo ello sin perjuicio de que el presunto infractor, haya tenido una causal justificada para no asistir, en cuyo caso tales antecedentes se deben hacer valer ante el Juez de Policía Local.


Listado de excusados y reemplazantes:


El listado definitivo y completo de los 60 vocales de mesa, salvo los 7 excusados y reemplazados ya mencionados lo puede ver aquì -> https://goo.gl/n1mElH